{"id":3081,"date":"2026-05-14T10:09:21","date_gmt":"2026-05-14T10:09:21","guid":{"rendered":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/?p=3081"},"modified":"2026-05-14T10:27:29","modified_gmt":"2026-05-14T10:27:29","slug":"pablo-fernandez-abogado-de-referencia-nacional-en-la-defensa-juridica-del-personal-de-las-fuerzas-armadas-y-la-guardia-civil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/?p=3081","title":{"rendered":"Pablo Fern\u00e1ndez, abogado de referencia nacional en la defensa jur\u00eddica del personal de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil"},"content":{"rendered":"<p>Pablo Fern\u00e1ndez, abogado de referencia nacional en la defensa jur\u00eddica del personal de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil<\/p>\n<p>Un despacho con vocaci\u00f3n: defender a quienes nos defienden<\/p>\n<p>El abogado Pablo Fern\u00e1ndez Mateos, colegiado n\u00ba 3163 del Ilustre Colegio de la Abogac\u00eda de Le\u00f3n, se ha consolidado como uno de los profesionales de referencia en Espa\u00f1a en la defensa jur\u00eddica del personal de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil a trav\u00e9s de su despacho &#8216;Tu Abogado Militar&#8217;. Graduado en Derecho y titulado con un M\u00e1ster en Derecho Militar impartido por oficiales del Cuerpo Jur\u00eddico Militar, Fern\u00e1ndez combina una formaci\u00f3n acad\u00e9mica de m\u00e1ximo nivel con una profunda experiencia operativa en el \u00e1mbito castrense.<\/p>\n<p>Esta doble vertiente \u2014rigor jur\u00eddico y conocimiento directo de la cultura militar\u2014 constituye el elemento diferenciador que sus clientes valoran y que le ha permitido construir una pr\u00e1ctica profesional s\u00f3lida, t\u00e9cnicamente impecable y plenamente alineada con las necesidades espec\u00edficas del militar y guardia civil que acude a su despacho. En un sector donde la jerga, los c\u00f3digos internos, los procedimientos disciplinarios singulares y la jurisdicci\u00f3n propia operan como aut\u00e9nticas barreras para el abogado generalista, el dominio integral que Fern\u00e1ndez exhibe del ecosistema castrense le posiciona como un interlocutor jur\u00eddico privilegiado para un colectivo profesional de aproximadamente **120.000 militares en activo y 78.000 guardias civiles**.<\/p>\n<p>El r\u00e9gimen jur\u00eddico aplicable: un cuerpo normativo singular<\/p>\n<p>El militar y guardia civil est\u00e1n sometidos a un marco normativo espec\u00edfico que exige especializaci\u00f3n plena:<\/p>\n<p>&#8211; Ley Org\u00e1nica 14\/2015, de 14 de octubre, del C\u00f3digo Penal Militar**, que tipifica delitos exclusivamente militares como insubordinaci\u00f3n, abuso de autoridad, deserci\u00f3n, abandono de destino, abandono de servicio de armas, embriaguez en acto de servicio o delitos contra el patrimonio militar.<br \/>\n&#8211; Ley Org\u00e1nica 8\/2014, de R\u00e9gimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas (LORDFAS)**, que regula faltas leves, graves y muy graves del personal militar.<br \/>\n&#8211; Ley Org\u00e1nica 12\/2007, de R\u00e9gimen Disciplinario de la Guardia Civil (LORDGC)**, equivalente para el cuerpo benem\u00e9rito y aplicada hist\u00f3ricamente con especial rigor.<br \/>\n&#8211; **Ley Org\u00e1nica 2\/1989, Procesal Militar**, que regula la jurisdicci\u00f3n y procedimiento ante los Tribunales Militares Territoriales, el Tribunal Militar Central y la Sala 5\u00aa del Tribunal Supremo.<br \/>\n&#8211; **Real Decreto 944\/2001** sobre aptitud psicof\u00edsica del personal de las Fuerzas Armadas y **Orden PCM\/679\/2022** para la Guardia Civil.<br \/>\n&#8211; **Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas**, que perfilan los principios disciplinarios y deontol\u00f3gicos del militar profesional.<\/p>\n<p>Fern\u00e1ndez maneja este cuerpo normativo en su totalidad, lo que le permite ofrecer una asistencia jur\u00eddica integral en cualquier vicisitud profesional del militar o guardia civil.<\/p>\n<p>Especializaci\u00f3n en las cuatro grandes \u00e1reas de pr\u00e1ctica<\/p>\n<p>1. R\u00e9gimen disciplinario: la defensa m\u00e1s demandada del sector<\/p>\n<p>El expediente disciplinario es la situaci\u00f3n m\u00e1s frecuente que afronta el personal de las FAS y la Guardia Civil a lo largo de su carrera. Fern\u00e1ndez dirige la defensa integral del expedientado desde la apertura del procedimiento \u2014fase cr\u00edtica donde se juega gran parte del resultado mediante alegaciones, pliego de descargos y proposici\u00f3n de prueba\u2014 hasta la fase final de recurso contencioso-disciplinario ante los Tribunales Militares.<\/p>\n<p>Casos t\u00edpicos que aborda el despacho:**<\/p>\n<p>&#8211; Faltas leves**: retrasos injustificados, descuidos en uniformidad, leves negligencias en el servicio, faltas de respeto puntuales, partes por conducta no acorde con la disciplina militar. Aunque parezcan menores, su acumulaci\u00f3n puede generar consecuencias graves en evaluaciones, ascensos y destinos.<br \/>\n&#8211; Faltas graves**: insubordinaci\u00f3n, ausencias injustificadas prolongadas, embriaguez fuera de acto de servicio, uso indebido del armamento reglamentario, negligencia grave en cumplimiento de obligaciones profesionales, infracciones al deber de secreto.<br \/>\n&#8211; Faltas muy graves**: abandono de servicio, agresiones a superiores o inferiores, conductas con relevancia penal sin alcanzar entidad delictiva, fraude en servicio, embriaguez o consumo de sustancias durante el servicio, no colaboraci\u00f3n con FCSE provocando consecuencias graves para la seguridad ciudadana. Estas faltas pueden conllevar **suspensi\u00f3n de empleo de tres meses a seis a\u00f1os, p\u00e9rdida de puestos en el escalaf\u00f3n o, en los supuestos m\u00e1s severos, la separaci\u00f3n del servicio**: la expulsi\u00f3n del cuerpo con privaci\u00f3n de derechos adquiridos.<\/p>\n<p>L\u00edneas de defensa habituales:** Fern\u00e1ndez explora sistem\u00e1ticamente todas las v\u00edas t\u00e9cnicas disponibles para impugnar sanciones, entre ellas la **falta de proporcionalidad** entre la conducta y la sanci\u00f3n impuesta, la **falta de tipicidad** de la conducta en el r\u00e9gimen disciplinario aplicable, la **aplicaci\u00f3n indebida del precepto sancionador**, la **vulneraci\u00f3n del derecho a la presunci\u00f3n de inocencia**, la caducidad del expediente** por dilaci\u00f3n injustificada en la instrucci\u00f3n, la **prescripci\u00f3n** de la falta (2 meses para las leves, 6 meses para las graves y 1 a\u00f1o para las muy graves), defectos formales en la incoaci\u00f3n o notificaci\u00f3n, falta de motivaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n sancionadora y vulneraci\u00f3n de derechos fundamentales como el derecho de defensa o a un procedimiento con todas las garant\u00edas.<\/p>\n<p>2. Jurisdicci\u00f3n penal militar y ordinaria<\/p>\n<p>Fern\u00e1ndez ejerce la defensa letrada del personal militar y guardia civil tanto ante la **jurisdicci\u00f3n penal militar \u2014Juzgados Togados Militares, Tribunales Militares Territoriales (Madrid, Sevilla, Barcelona, A Coru\u00f1a y Santa Cruz de Tenerife), Tribunal Militar Central y Sala 5\u00aa del Tribunal Supremo\u2014 como ante la jurisdicci\u00f3n ordinaria.<\/p>\n<p>Delitos militares m\u00e1s frecuentes en su pr\u00e1ctica:**<\/p>\n<p>&#8211; Abuso de autoridad** (art. 47 CPM): maltrato de obra, trato degradante o vejatorio a subordinados, conductas de acoso o abuso sexual con prevalencia jer\u00e1rquica. La jurisprudencia del Tribunal Supremo (Sala 5\u00aa) ha establecido un *plus de punici\u00f3n* respecto a los tipos comunes por el bien jur\u00eddico militar espec\u00edficamente protegido: la disciplina y cohesi\u00f3n interna.<br \/>\n&#8211; Insubordinaci\u00f3n e insulto a superior**: agresiones f\u00edsicas o verbales, actos o demostraciones tendentes al maltrato de obra a superior.<br \/>\n&#8211; Abandono de destino y deserci\u00f3n**: ausencias injustificadas prolongadas que pueden derivar en delito militar m\u00e1s all\u00e1 del marco disciplinario.<br \/>\n&#8211; Abandono de servicio de armas**: especialmente sensible en personal de guardia, centinelas y servicios armados.<br \/>\n&#8211; Embriaguez en acto de servicio** (art. 70 CPM), con penas que pueden alcanzar varios meses de prisi\u00f3n y accesoria de suspensi\u00f3n militar de empleo.<br \/>\n&#8211; Delitos contra la Hacienda Militar y el patrimonio militar**: fraudes en contrataciones, malversaciones, hurtos de material militar.<br \/>\n&#8211; Delitos contra la eficacia del servicio**: negligencias graves con resultado de da\u00f1os o lesiones en maniobras, ejercicios de tiro o servicios operativos.<\/p>\n<p>Estrategia dual penal-disciplinaria:** Una de las \u00e1reas m\u00e1s complejas que aborda el despacho es la coordinaci\u00f3n cuando un mismo hecho desencadena un **procedimiento penal y, en paralelo o de forma sucesiva, un expediente disciplinario** con riesgo de expulsi\u00f3n. Esta situaci\u00f3n es frecuente cuando un militar o guardia civil resulta condenado por un delito com\u00fan (hurto, lesiones, violencia de g\u00e9nero, da\u00f1os, delitos contra la seguridad vial) y la Administraci\u00f3n militar incoa un expediente disciplinario que tambi\u00e9n puede terminar con su expulsi\u00f3n. Planificar simult\u00e1neamente dos defensas con l\u00f3gicas, tribunales y consecuencias profesionales distintas exige una visi\u00f3n estrat\u00e9gica integral que solo un letrado con dominio simult\u00e1neo de ambas jurisdicciones puede ofrecer.<\/p>\n<p>3. Derecho administrativo de personal: el \u00e1mbito que m\u00e1s afecta a la carrera<\/p>\n<p>Es probablemente el \u00e1rea que m\u00e1s impacto tiene en el d\u00eda a d\u00eda y en el futuro econ\u00f3mico del militar y guardia civil. Fern\u00e1ndez interviene en una amplia variedad de procedimientos:<\/p>\n<p>Expedientes de insuficiencia de condiciones psicof\u00edsicas (ICPF).** Regulados por el RD 944\/2001 (FAS) y la Orden PCM\/679\/2022 (Guardia Civil), determinan la aptitud del profesional para continuar en el servicio tras una lesi\u00f3n, enfermedad o secuela. El procedimiento consta de fase de instrucci\u00f3n \u2014reconocimiento por Junta M\u00e9dico-Pericial\u2014 y fase de resoluci\u00f3n por delegaci\u00f3n del Ministro de Defensa, con plazo m\u00e1ximo de seis meses. La calificaci\u00f3n final puede ser de **APTO con limitaciones**, **NO APTO** (con pase a retiro por inutilidad permanente) o **resoluci\u00f3n de compromiso** en el caso de tropa y mariner\u00eda.<\/p>\n<p>La diferencia entre que la patolog\u00eda sea calificada como **derivada o no de acto de servicio** tiene un impacto econ\u00f3mico directo de decenas de miles de euros a lo largo de la vida del afectado: pensi\u00f3n extraordinaria (que puede alcanzar el 200% del haber regulador), indemnizaci\u00f3n por gran invalidez, indemnizaci\u00f3n por lesi\u00f3n permanente no invalidante a trav\u00e9s del ISFAS y, en su caso, reconocimiento de incapacidad permanente absoluta ante la Seguridad Social con efectos fiscales relevantes en el IRPF de la pensi\u00f3n. Fern\u00e1ndez interpone alegaciones a las actas de las juntas m\u00e9dico-periciales, solicita revisi\u00f3n por junta superior y, cuando procede, **recurso de alzada ante el Ministro de Defensa o recurso contencioso-administrativo**, reabriendo procedimientos que la Administraci\u00f3n hab\u00eda cerrado en t\u00e9rminos desfavorables.<\/p>\n<p>Pase a retiro e incapacidad permanente.** Asesoramiento integral en la solicitud de **incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez** ante el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) o la Seguridad Social, con reclamaci\u00f3n de las prestaciones complementarias del seguro colectivo de las FAS y, en su caso, indemnizaciones de Naciones Unidas para personal desplegado en misiones internacionales.<\/p>\n<p>Responsabilidad patrimonial de la Administraci\u00f3n.** Un \u00e1mbito de creciente importancia donde se reclama indemnizaci\u00f3n por da\u00f1os sufridos en acto de servicio, ya sea por accidentes (ejercicios de tiro, maniobras, accidentes en desplazamientos oficiales, explosiones de artefactos, accidentes a\u00e9reos o navales) o por **sanciones injustamente impuestas y posteriormente revocadas**, arrestos improcedentes, exclusiones injustas de procesos selectivos o expulsiones revocadas en v\u00eda judicial. Tambi\u00e9n se aplica el principio de indemnidad**: cuando un militar o guardia civil resulta lesionado por la acci\u00f3n de un tercero declarado insolvente, el Estado debe subrogarse y abonar la indemnizaci\u00f3n reconocida judicialmente, una v\u00eda con jurisprudencia favorable consolidada en los \u00faltimos a\u00f1os.<\/p>\n<p>Destinos, comisiones de servicio y traslados.** Asistencia y recursos contra resoluciones sobre asignaci\u00f3n de destinos, traslados forzosos, denegaci\u00f3n de preferencias por conciliaci\u00f3n, destinos por antig\u00fcedad, comisiones de servicio prolongadas y ceses en destino activo pendiente.<\/p>\n<p>Renovaci\u00f3n y resoluci\u00f3n de compromiso del personal de tropa y mariner\u00eda.** Una de las \u00e1reas m\u00e1s sensibles para el militar profesional vinculado por compromisos temporales, donde la no renovaci\u00f3n puede suponer el fin de la carrera militar. Fern\u00e1ndez recurre denegaciones y resoluciones de compromiso por causas disciplinarias, m\u00e9dicas o disciplinarias mal fundadas.<\/p>\n<p>R\u00e9gimen de incompatibilidades.** Autorizaciones para el ejercicio de segunda actividad y actividades privadas compatibles, esenciales para el militar y guardia civil que desea complementar ingresos o preparar su transici\u00f3n a la vida civil.<\/p>\n<p>Medidas de conciliaci\u00f3n.** Permisos de paternidad y maternidad, lactancia, reducciones de jornada, excedencias y permisos por cuidado de familiares, incluyendo el reciente reconocimiento jurisprudencial del disfrute del permiso de paternidad tras finalizaci\u00f3n de academia.<\/p>\n<p>Retribuciones, productividad y trienios.** Reclamaci\u00f3n de complementos retributivos no abonados (complemento de productividad, ZOCON, complemento de peligrosidad, indemnizaciones por residencia, complementos por puestos de jefatura), abono de horas extraordinarias por juicios en libranza, compensaci\u00f3n en met\u00e1lico de libranzas no disfrutadas y reconocimiento de trienios a personal previamente declarado no apto.<\/p>\n<p>Ascensos, evaluaciones y procedimientos selectivos.** Impugnaci\u00f3n de evaluaciones desfavorables, calificaciones, procedimientos selectivos irregulares y tribunales de selecci\u00f3n constituidos defectuosamente.<\/p>\n<p>4. \u00c1reas complementarias: civil, laboral, penal ordinario y contencioso-administrativo<\/p>\n<p>Consciente de que la vida del militar y guardia civil no se agota en el uniforme, Fern\u00e1ndez ofrece servicio integral en **derecho civil** (familia, divorcios contenciosos y de mutuo acuerdo, custodia compartida adaptada a destinos rotatorios, modificaciones de medidas, contratos, reclamaciones de cantidad, herencias), **derecho laboral** (para familiares del personal militar o tras la transici\u00f3n a la vida civil), derecho penal ordinario (todo tipo de delitos comunes) y **contencioso-administrativo** general.<\/p>\n<p>Este enfoque \u00abventanilla \u00fanica\u00bb es especialmente valorado por un colectivo profesional con **movilidad geogr\u00e1fica frecuente** que requiere un letrado de confianza capaz de acompa\u00f1arle a lo largo de toda su trayectoria personal y profesional, manteniendo continuidad jur\u00eddica independientemente del destino de cada momento.<\/p>\n<p>Modelo de servicio: cobertura nacional, accesibilidad digital y atenci\u00f3n personalizada<\/p>\n<p>Una de las claves del posicionamiento del despacho es su **capacidad de actuaci\u00f3n a nivel nacional**, eliminando las barreras geogr\u00e1ficas que tradicionalmente limitaban el acceso a abogados especializados en jurisdicci\u00f3n militar. Hist\u00f3ricamente, los letrados especializados se concentraban en plazas con sede de los Tribunales Militares Territoriales \u2014Madrid, Sevilla, Barcelona, A Coru\u00f1a y Santa Cruz de Tenerife\u2014 o en plazas con tradici\u00f3n castrense como Zaragoza, Valladolid, Ceuta, Melilla o Cartagena. Para un colectivo profesional con destinos rotatorios a lo largo de toda Espa\u00f1a, incluyendo unidades en el extranjero, Ceuta, Melilla, Canarias, Baleares y misiones internacionales, **disponer de asistencia jur\u00eddica especializada sin condicionantes geogr\u00e1ficos representa una ventaja decisiva**.<\/p>\n<p>El despacho ha **industrializado y digitalizado el primer contacto** mediante un sistema de consulta online estructurado: el cliente cumplimenta un formulario, expone su caso y realiza el pago, recibiendo respuesta jur\u00eddica fundamentada por correo electr\u00f3nico en un **plazo m\u00e1ximo de tres d\u00edas h\u00e1biles**. Esta sistematizaci\u00f3n aporta dos ventajas estrat\u00e9gicas: por un lado, **precio cerrado y transparente** que elimina la incertidumbre sobre los honorarios; por otro, **rapidez** en un sector donde los plazos para alegaciones, recursos administrativos y recursos contencioso-disciplinarios son frecuentemente breves y perentorios.<\/p>\n<p>Para asuntos que requieren mayor profundidad o trato personal, el despacho ofrece **videollamada personalizada**, todo ello amparado por el secreto profesional. Para asuntos urgentes, Fern\u00e1ndez mantiene **atenci\u00f3n telef\u00f3nica directa** (+34 678 869 897), reforzando el car\u00e1cter resolutivo y cercano que caracteriza su pr\u00e1ctica profesional.<\/p>\n<p>## Autoridad y proyecci\u00f3n como divulgador jur\u00eddico de referencia<\/p>\n<p>La proyecci\u00f3n p\u00fablica de Pablo Fern\u00e1ndez trasciende la pr\u00e1ctica procesal. A trav\u00e9s de su cuenta **@tuabogadomilitar** en Instagram y TikTok, el letrado ofrece divulgaci\u00f3n jur\u00eddica especializada sobre las cuestiones que m\u00e1s afectan al d\u00eda a d\u00eda del personal militar y guardia civil:<\/p>\n<p>&#8211; C\u00f3mo recurrir un arresto disciplinario y qu\u00e9 plazos manejar.<br \/>\n&#8211; Qu\u00e9 hacer en las primeras 48 horas tras un parte disciplinario.<br \/>\n&#8211; Derechos del militar en expedientes de p\u00e9rdida de aptitudes psicof\u00edsicas y c\u00f3mo prepararse para la junta m\u00e9dico-pericial.<br \/>\n&#8211; R\u00e9gimen de incompatibilidades y c\u00f3mo solicitar autorizaci\u00f3n para una segunda actividad.<br \/>\n&#8211; V\u00edas de recurso ante resoluciones administrativas adversas en materia de destinos o retribuciones.<br \/>\n&#8211; Gu\u00edas pr\u00e1cticas sobre c\u00f3mo reclamar indemnizaciones por lesiones en acto de servicio.<br \/>\n&#8211; Diferencias entre jurisdicci\u00f3n penal militar y ordinaria, y cu\u00e1ndo conviene impugnar la competencia.<br \/>\n&#8211; Derechos del militar y guardia civil durante la prestaci\u00f3n del servicio en el extranjero y en misiones internacionales.<\/p>\n<p>Esta labor divulgativa ha convertido a Fern\u00e1ndez en una voz autorizada y accesible para un colectivo profesional que tradicionalmente acced\u00eda a informaci\u00f3n jur\u00eddica de forma fragmentada y, en muchos casos, err\u00f3nea. La capacidad de traducir la complejidad t\u00e9cnica del r\u00e9gimen jur\u00eddico militar a un lenguaje claro y aplicable es una marca distintiva de su pr\u00e1ctica y ha generado una relaci\u00f3n de confianza con la comunidad militar que va m\u00e1s all\u00e1 de la mera relaci\u00f3n letrado-cliente: hoy &#8216;Tu Abogado Militar&#8217; es un referente informativo al que el personal del sector defensa acude antes incluso de necesitar asistencia letrada.<\/p>\n<p>Independencia profesional y compromiso con el cliente<\/p>\n<p>Fern\u00e1ndez ejerce con **independencia plena respecto de asociaciones profesionales y sindicatos, una caracter\u00edstica que garantiza que su \u00fanico compromiso es con el inter\u00e9s leg\u00edtimo del militar o guardia civil al que defiende. Esta independencia es especialmente valiosa en un sector donde los intereses corporativos de las asociaciones (AUME, ATME, JUCIL, AUGC, IGC) pueden entrar ocasionalmente en colisi\u00f3n con los intereses individuales del profesional afectado, especialmente en casos sensibles donde el inter\u00e9s colectivo y el individual no coinciden plenamente.<\/p>\n<p>Confidencialidad y discreci\u00f3n: valores esenciales en el sector defensa<\/p>\n<p>Todo lo que el cliente comparte con el despacho est\u00e1 amparado por el secreto profesional, garant\u00eda irrenunciable en un colectivo donde la mera incoaci\u00f3n de un expediente disciplinario puede tener consecuencias reputacionales internas significativas, condicionar evaluaciones de mando, afectar a destinos preferentes o limitar opciones de ascenso. La cultura de discreci\u00f3n del despacho est\u00e1 alineada con los valores propios del sector defensa: lealtad institucional, prudencia y respeto absoluto a la cadena de mando, combinados con la firme defensa t\u00e9cnica de los derechos del cliente.<\/p>\n<p>Valor para el sector defensa<\/p>\n<p>Defender a quienes nos defienden*. Bajo esta vocaci\u00f3n profesional, Pablo Fern\u00e1ndez ha construido un despacho que a\u00fana **especializaci\u00f3n t\u00e9cnica, vocaci\u00f3n de servicio p\u00fablico, modernidad operativa y trato humano. Su modelo representa una evoluci\u00f3n del ejercicio profesional en el \u00e1mbito militar: el rigor jur\u00eddico propio del despacho boutique combinado con la accesibilidad digital, la cobertura nacional y la atenci\u00f3n personalizada que demanda el profesional del siglo XXI.<\/p>\n<p>Para el militar o guardia civil que afronta un expediente disciplinario, un procedimiento penal militar, una controversia administrativa con la Administraci\u00f3n de Defensa, una reclamaci\u00f3n por lesiones en acto de servicio o una situaci\u00f3n personal que requiera asesoramiento integral, **&#8217;Tu Abogado Militar&#8217; constituye una garant\u00eda de defensa t\u00e9cnica especializada, ejercida con la discreci\u00f3n, profesionalidad y compromiso que el sector defensa requiere y merece.<\/p>\n<p>En un escenario internacional marcado por el incremento del gasto en defensa, la modernizaci\u00f3n de capacidades operativas de las Fuerzas Armadas, el reforzamiento de la Guardia Civil en sus competencias espec\u00edficas y la creciente demanda social de protecci\u00f3n jur\u00eddica del personal uniformado, despachos como el de Pablo Fern\u00e1ndez cumplen una funci\u00f3n esencial: garantizar que quienes dedican su vida profesional a la defensa de Espa\u00f1a disponen, a su vez, de la mejor defensa jur\u00eddica posible cuando la necesitan.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un abogado especializado en derecho militar ofrece sus servicios a trav\u00e9s de las redes sociales.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3082,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[23],"tags":[],"class_list":["post-3081","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-legal-y-jurisprudencia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3081","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3081"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3081\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3083,"href":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3081\/revisions\/3083"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/3082"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3081"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3081"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/diariodelseguroyabogacia.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3081"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}